Por Walter Edgardo Eckart
Es de público conocimiento las serias dificultades que tienen las estaciones de servicio en lo que respecta a su “escasa rentabilidad” en relación a la venta de combustibles.
Sin embargo, pareciera, hay que saber encuadrar legalmente y “transparentar” en forma adecuada algunos aspectos.
Pongo un ejemplo personal, ocurrido verdaderamente.
Anoche (26/09/2008), a las 20:20 hs. aproximadamente, fui a cargar nafta para mi moto en la estación de servicio de Hernandarias y Marconi. Había unos 6 u 8 motociclistas antes que yo, esperando el turno en la última tira de medidores (la que está próxima al salón comercial). Cuando llegó mi turno, le pido al vendedor que me cargue por cinco pesos. Cuando veo que terminó, observo el display que dice “Esta Venta” y abajo dice $ 4.63.
Lo miro al vendedor (un muchacho de pelo negro, con gorrita, un tanto “relleno” y más o menos de 1,60 o 1.65 mts. de altura, sin la tarjeta de identificación), y le digo: “Te pedí por cinco pesos” a lo cual respondió “Si. Pero se le cobra el servicio de playa, jefe...”.
Más allá de que uno ya está acostumbrado a esto, sólo me sonreí indignadamente y –por el apuro que tenía- ni siquiera le pedí la factura (aunque igual, ese monto quedó registrado en el expendedor).
Cuando llegué a casa, me puse a pensar: el combustible real que le colocaron a mi moto fue el que corresponde a $ 4.63. Es lo que marcó el display. Pero de hecho, yo aboné cinco pesos. Esto equivale a decir que, en más o menos, me cobraron un 92.5% por el combustible (que queda registrado en el medidor y que efectivamente ingresó al tanque de mi moto) más un 7,5% que no queda registrado en ninguna parte, por “servicio de playa”.
Pero después me hice algunas preguntas, como por ejemplo: si por cada cinco pesos expenden combustible sólo por el 92.5% y se quedan con el 7.5% restante, ¿Cuántas ventas de “Cinco Pesos” (y/o sus respectivos proporcionales) reciben cada día este mismo “tratamiento”...?
Y entonces tomé un número “irrisorio y arbitrario”. Y me dije: Supongamos que esta estación de servicio sólo vende por día $ 3.500,00. Si en todos los casos se aplicara a “particulares” esta “metodología”, ello significaría que el combustible registrado que de hecho se carga en los distintos vehículos en “un día” correspondería al equivalente de $ 3.255,81, y se quedarían con un “excedente” no registrado en ninguna parte de $ 244,19.
Ahora: suponiendo un mes comercial de 30 días de venta, el presunto “excedente o vuelto no registrado” aumentaría a $ 7.325,70; lo cual implicaría al año (12 meses), una cifra que rondaría los $ 87.908,40.
Seguí pensando y me dije: ¿Qué se puede pagar con este “excedente”?. Y se me ocurrieron algunas cosas, como por ejemplo: si el sueldo de un empleado playero de una estación de servicio fuera (en mano) de $ 1.500,00; y si además se consideraran los aportes y contribuciones de la patronal, el aguinaldo, las vacaciones, la ART, etc., con ese “excedente” se podrían pagar a más de tres trabajadores por mes, durante todo un año.
En fin. Nadie está en contra de que las estaciones de servicio ganen lo que deben. Pero –pareciera- que hay formas y formas de hacerlo.
Estas prácticas (En Chaco, luego en Santa Fe y ahora –incipientemente- en Bs. As.) cuentan con la anuencia de La Secretaría de Energía de la Nación, como asimismo con la de la Secretaría de Comercio de la Provincia (en el caso de Chaco). El problema es que no se “transparenta” la cuestión y no se ejerce el “poder de policía” de los organismos competentes.
Es de público conocimiento las serias dificultades que tienen las estaciones de servicio en lo que respecta a su “escasa rentabilidad” en relación a la venta de combustibles.
Sin embargo, pareciera, hay que saber encuadrar legalmente y “transparentar” en forma adecuada algunos aspectos.
Pongo un ejemplo personal, ocurrido verdaderamente.
Anoche (26/09/2008), a las 20:20 hs. aproximadamente, fui a cargar nafta para mi moto en la estación de servicio de Hernandarias y Marconi. Había unos 6 u 8 motociclistas antes que yo, esperando el turno en la última tira de medidores (la que está próxima al salón comercial). Cuando llegó mi turno, le pido al vendedor que me cargue por cinco pesos. Cuando veo que terminó, observo el display que dice “Esta Venta” y abajo dice $ 4.63.
Lo miro al vendedor (un muchacho de pelo negro, con gorrita, un tanto “relleno” y más o menos de 1,60 o 1.65 mts. de altura, sin la tarjeta de identificación), y le digo: “Te pedí por cinco pesos” a lo cual respondió “Si. Pero se le cobra el servicio de playa, jefe...”.
Más allá de que uno ya está acostumbrado a esto, sólo me sonreí indignadamente y –por el apuro que tenía- ni siquiera le pedí la factura (aunque igual, ese monto quedó registrado en el expendedor).
Cuando llegué a casa, me puse a pensar: el combustible real que le colocaron a mi moto fue el que corresponde a $ 4.63. Es lo que marcó el display. Pero de hecho, yo aboné cinco pesos. Esto equivale a decir que, en más o menos, me cobraron un 92.5% por el combustible (que queda registrado en el medidor y que efectivamente ingresó al tanque de mi moto) más un 7,5% que no queda registrado en ninguna parte, por “servicio de playa”.
Pero después me hice algunas preguntas, como por ejemplo: si por cada cinco pesos expenden combustible sólo por el 92.5% y se quedan con el 7.5% restante, ¿Cuántas ventas de “Cinco Pesos” (y/o sus respectivos proporcionales) reciben cada día este mismo “tratamiento”...?
Y entonces tomé un número “irrisorio y arbitrario”. Y me dije: Supongamos que esta estación de servicio sólo vende por día $ 3.500,00. Si en todos los casos se aplicara a “particulares” esta “metodología”, ello significaría que el combustible registrado que de hecho se carga en los distintos vehículos en “un día” correspondería al equivalente de $ 3.255,81, y se quedarían con un “excedente” no registrado en ninguna parte de $ 244,19.
Ahora: suponiendo un mes comercial de 30 días de venta, el presunto “excedente o vuelto no registrado” aumentaría a $ 7.325,70; lo cual implicaría al año (12 meses), una cifra que rondaría los $ 87.908,40.
Seguí pensando y me dije: ¿Qué se puede pagar con este “excedente”?. Y se me ocurrieron algunas cosas, como por ejemplo: si el sueldo de un empleado playero de una estación de servicio fuera (en mano) de $ 1.500,00; y si además se consideraran los aportes y contribuciones de la patronal, el aguinaldo, las vacaciones, la ART, etc., con ese “excedente” se podrían pagar a más de tres trabajadores por mes, durante todo un año.
En fin. Nadie está en contra de que las estaciones de servicio ganen lo que deben. Pero –pareciera- que hay formas y formas de hacerlo.
Estas prácticas (En Chaco, luego en Santa Fe y ahora –incipientemente- en Bs. As.) cuentan con la anuencia de La Secretaría de Energía de la Nación, como asimismo con la de la Secretaría de Comercio de la Provincia (en el caso de Chaco). El problema es que no se “transparenta” la cuestión y no se ejerce el “poder de policía” de los organismos competentes.